12.3.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 80/12 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravno sodišče Republike Slovenije (República de Eslovenia) el 21 de diciembre de 2010 — Pelati d.o.o./República de Eslovenia
(Asunto C-603/10)
2011/C 80/22
Lengua de procedimiento: esloveno
Órgano jurisdiccional remitente
Upravno sodišče Republike Slovenije
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Pelati d.o.o.
Demandada: República de Eslovenia
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva del Consejo 90/434/CEE (1) en el sentido de que se opone a una normativa nacional con arreglo a la cual la República de Eslovenia como Estado miembro supedita la ventaja fiscal en favor de una sociedad mercantil que pretende llevar a cabo una división (escisión de una parte de la sociedad y creación de una nueva sociedad) a que se solicite dentro de plazo la autorización para acogerse a los beneficios fiscales en caso de escisión si se cumplen los requisitos establecidos, o con arreglo a la cual el sujeto pasivo del impuesto pierde automáticamente, debido al transcurso del plazo, las ventajas fiscales previstas por la normativa nacional?
(1) Directiva 90/434/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros (DO L 225, p. 1).