28.4.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/10 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 16 de enero de 2014 — Société générale SA/Otra parte: Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-17/14)
2014/C 129/13
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Société générale SA
Otra parte: Staatssecretaris van Financiën
Cuestiones prejudiciales
1) |
A efectos de la aplicación del artículo 63 TFUE, ¿debe extenderse la comparación entre un no residente con un residente en un caso como el de autos, en el que el Estado de origen practica una retención del impuesto sobre los dividendos que grava un reparto de dividendos, al impuesto de sociedades, con el que se compensa el impuesto sobre los dividendos que recae sobre los residentes? |
2) |
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3) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, para apreciar si se neutraliza legalmente una eventual retención discriminatoria en la fuente en virtud de un convenio para evitar la doble imposición celebrado por el Estado de la fuente, ¿basta con que: i) el convenio contenga una disposición en este sentido, aunque esa posibilidad no sea incondicional, ii) en el caso concreto, ello dé lugar a que en los Países Bajos la presión fiscal soportada por un no residente no sea superior a la soportada por un residente? En el caso de que la compensación en el ejercicio en el que se percibieron los dividendos sea insuficiente, es relevante para apreciar la neutralización la posibilidad de trasladar la parte no compensada al ejercicio siguiente y de hacer uso de la compensación en ejercicios posteriores? |