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Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de octubre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Košiciach — Eslovaquia) — Kovozber s. r. o. / Daňový úrad Košice

(Asunto C-120/15

[Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 183 — Devolución del excedente del IVA — Normativa nacional qu

el Consejo, de 28 de noviembre de

2006, relativa al sistema común

del impuesto sobre el va

lor añadido, debe interpretarse en el sentido de

lución del excedente de IVA a

partir de la expiración de un

plazo

de diez días desde la conclusión de una inspección tributaria]Lengua de procedimiento: eslovacoÓrgano jurisdiccional remitenteKrajský súd v KošiciachPartes en el procedimiento principalRecurrente: Kovozber s. r. o.Recurrida: Daňový úrad KošiceFalloEl artículo 183, párrafo primero, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que sólo establece el cálculo de intereses de demora relativos a la devolución del excedente del impuesto sobre el valor añadido a partir de la expiración de un plazo de diez días desde la conclusión de la inspección tributaria.

____________

DO C 213, de 29.6.2015.

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