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22.6.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 205/19


Recurso de casación interpuesto el 9 de abril de 2015 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Novena) dictada el 5 de febrero de 2015 en el asunto T-473/12, Aer Lingus Ltd./Comisión Europea

(Asunto C-164/15 P)

(2015/C 205/27)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Comisión Europea (representantes: L. Flynn, D. Grespan, T. Maxian Rusche, B. Stromsky, agentes)

Otras partes en el procedimiento: Aer Lingus Ltd., Irlanda

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 5 de febrero de 2015 en el asunto T-473/12, Aer Lingus/Comisión, en la parte en que ha anulado la Decisión 2013/199/UE de la Comisión, de 25 de julio de 2012, relativa a la ayuda estatal SA.29064 (11/C, ex 11/NN) — Diferenciación en las tarifas del impuesto sobre el transporte aéreo de pasajeros aplicada por Irlanda (1), en la medida en que esta Decisión ordena recuperar de los beneficiarios las ayudas concedidas en un importe que el considerando 70 de dicha Decisión fija en ocho euros por pasajero.

Desestime el recurso de anulación contra la Decisión 2013/199/UE de la Comisión, de 25 de julio de 2012, relativa a la ayuda estatal SA.29064 (11/C, ex 11/NN) — Diferenciación en las tarifas del impuesto sobre el transporte aéreo de pasajeros aplicada por Irlanda.

Condene en costas a la parte demandante en primera instancia.

Con carácter subsidiario,

Devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie de nuevo.

Reserve la decisión sobre las costas de los procedimientos en primera instancia y en casación.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte recurrente invoca un único motivo de casación.

La parte recurrente alega que el Tribunal General ha infringido el artículo 108 TFUE, apartado 3, y el artículo 14 del Reglamento no 659/1999 (2) al crear un nuevo método de análisis económico para determinar los importes que procede recuperar de los beneficiarios de una ayuda estatal consistente en una medida fiscal que establece una tarifa inferior a la tarifa normal.


(1)  DO 2013 L 119, p. 30.

(2)  Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (DO L 83, p. 1).