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AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 11 de marzo de 2020 (*)

«Archivo»

En los asuntos acumulados C-694/18 a C-697/18,

que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunal Económico Administrativo Central, mediante autos de 4 de octubre de 2018, recibidos en el Tribunal de Justicia el 7 de noviembre de 2018, en los procedimientos entre

Ente Público Radio Televisión Madrid (C-694/18),

Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) (C-695/18),

Radiotelevisión del Principado de Asturias, S. A. U. (C-696/18),

Ente Público de Radiotelevisión de Castilla La Mancha (C-697/18)

y

Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT),

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oída la Abogada General, Sra. J. Kokott;

dicta el siguiente

Auto

1        Mediante escrito de 29 de enero de 2010, la Secretaría del Tribunal de Justicia notificó al órgano jurisdiccional remitente la sentencia dictada el 21 de enero de 2020, Banco de Santander (C-274/14, EU:C:2020:17), y lo invitó a que indicara si, a la luz de dicha sentencia, deseaba mantener sus peticiones de decisión prejudicial.

2        Mediante escrito de 26 de febrero de 2020, recibido en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 28 de febrero de 2020, el Tribunal Económico Administrativo Central hizo saber al Tribunal de Justicia que no deseaba mantener las referidas peticiones de decisión prejudicial.

3        En estas circunstancias, de conformidad con el artículo 100 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, procede archivar estos asuntos, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

4        Dado que el procedimiento tiene, para las partes del litigio principal, el carácter de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional nacional, corresponde a este resolver sobre las costas. Los gastos efectuados por quienes, no siendo partes del litigio principal, han presentado observaciones ante el Tribunal de Justicia no pueden ser objeto de reembolso.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

Archivar los asuntos acumulados C-694/18 a C-697/18, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

Dictado en Luxemburgo, a 11 de marzo de 2020.

El Secretario

 

El Presidente

A. Calot Escobar

 

K. Lenaerts


* Lengua de procedimiento: español.